miércoles, 4 de enero de 2012

PROCEDIMIENTO DE LA CONSULTA PREVIA



La Consulta Previa se aplicará toda vez que se registre la presencia de grupos étnicos en zona de influencia del proyecto, obra o actividad ya sea de los sectores minero, hidrocarburos e infraestructura. Este procedimiento empieza desde el momento en que la empresa decide y manifiesta llevar a cabo un proyecto, teniendo en cuenta la certificación positiva expedida por La Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior y finaliza con la firma del acta de cierre del proceso. Este proceso inicia con la asignación del profesional la Dirección de Consulta Previa cuenta con profesionales capacitados y con experiencia en el dialogo y trato con las comunidades étnicas. Antes de iniciar la consulta previa se realiza una reunión con el interesado o ejecutor del proyecto a fin de planear y organizar las actividades a llevar a cabo en el marco de la consulta, pasando por la normatividad y planeando la tentativa agenda a seguir, teniendo en cuenta los tiempos de las comunidades.

Seguidamente se inicia la Pre-consulta, etapa en la que se hacen los primeros acercamientos entre las comunidades, las instituciones del estado y los particulares, interesados o ejecutantes del proyecto. En la misma se identifican los actores que intervendrán dentro del proceso (Representantes legítimos de las comunidades interesadas, representantes de la empresa interesada, representantes de otros organismos estatales interesados, representantes de los órganos de control-facultativo –Procuraduría General de la Nación y Defensoría del Pueblo- y representantes de organizaciones indígenas o étnicas-). En esta etapa se socializará el proyecto, se informara a la comunidad sobre el procedimiento de consulta previa, y como se desarrollara, en compañía siempre de un traductor para el caso de las comunidades que así lo requieran.

A continuación se inicia la Reunión de Apertura de Consulta Previa, en esta reunión se da inicio de manera formal a la consulta previa, en presencia de las autoridades indígenas y/o negros de las comunidades sujetas a consulta, los interesados en la ejecución del proyecto, obra o actividad y los órganos de control.

Luego se realiza la identificación de impactos y medidas (compensación, corrección, mitigación y prevención), junto con la comunidad y la empresa interesada. Fase a la que llamamos Talleres de Impactos e Identificación de Medidas de manejo, estos talleres se pueden desarrollar en diferentes reuniones y según lo acordado entre la comunidad y la empresa. Es de anotar que La Dirección de Consulta Previa asistirá como Garante durante todo el proceso.

Posteriormente se cita a la etapa de Pre-acuerdos, se celebra entre la comunidad y la empresa, observando los impactos sociales, económicos, culturales y ambientales y los acuerdos allegados deben guardar relación con los impactos identificados en los talleres de la etapa anterior.

En la Reunión de Protocolización, se plasman y protocolizan los acuerdos y desacuerdos allegados de manera escrita y clara consignados en actas debidamente diligenciada y firmada por la comunidad, la empresa y el Ministerio del Interior como Garante del proceso, de esta manera quedan sistematizados los acuerdos, a estos hay que hacerles revisión periódica, que se estén cumpliendo por las partes, a esta etapa se le llama Seguimiento de Acuerdos. En esta etapa se verifica también, que no se estén presentando mas impactos.

De este modo llegamos al Cierre de la Consulta Previa, una vez verificado el cumplimiento de todos los acuerdos, y la terminación del proyecto se procede a realizar el acta de cierre, por lo que es una etapa que dependerá en gran medida del tipo de proyecto que se ejecuta. La consulta previa se realiza considerando las características propias de cada comunidad o grupo étnico, permitiendo el desarrollo del proceso y así llegar a la etapa final.

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